Ante la prestación por maternidad, la ley es muy clara. En el Estatuto del Trabajador, concretamente en el artículo 48.4 se establece que las mujeres que sean madres tienen derecho a una suspensión o baja durante 16 semanas cuando den a luz, y que durante este tiempo cobrarán la prestación correspondiente.
Dicha prestación está reconocida por la Ley General de la Seguridad Social. No obstante, pueden darse diversos casos en los que esta baja coincida con la extinción del contrato. En...
Prestación por maternidad: ¿Hay derecho a ella en paro?
